El pasado 26 de julio de 2025 entró en vigor la Ley 5/2025, que introduce importantes novedades en materia de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.
Esta reforma afecta directamente a muchas empresas y particulares, ya que amplía los tipos de vehículos que deben contar con un seguro obligatorio.
Hasta ahora, la obligación de asegurar un vehículo dependía fundamentalmente de si estaba matriculado. Sin embargo, con la nueva normativa, lo que determina si un vehículo debe estar asegurado es su velocidad máxima de fabricación y su peso neto.
¿Qué vehículos deben tener seguro obligatorio?
La nueva ley establece que se consideran Vehículos a Motor (VM) todos aquellos que:
- Alcancen una velocidad máxima superior a 25 km/h, o
- Superen los 14 km/h y tengan un peso superior a 25 kg.
Esto significa que a partir del 26 de julio de 2025 estos vehículos deberán disponer de un seguro obligatorio de automóviles.
El legislador ha fijado un plazo de seis meses para regularizar la situación, por lo que antes del 26 de enero de 2026 deberán estar asegurados.
¿Qué ocurre si no se contrata el seguro?
En caso de siniestro con un vehículo no asegurado:
- El Consorcio de Compensación de Seguros se hará cargo, inicialmente, de indemnizar a la víctima.
- Posteriormente, reclamará el importe abonado al propietario o empresa responsable del vehículo.
Esto puede suponer graves consecuencias económicas, especialmente en accidentes con lesiones personales.
¿Te imaginas tener que afrontar una indemnización superior a 40.000 euros por carecer de seguro? Evitarlo está en tu mano.
Vehículos Personales Ligeros (VPL): carretillas y eléctricos de una plaza
En el caso de los Vehículos Personales Ligeros (VPL) —como carretillas eléctricas o vehículos de movilidad reducida—, la clasificación depende también de la velocidad y el peso:
- Si la velocidad máxima está entre 6 y 25 km/h y el peso es inferior a 25 kg, o
- Si la velocidad máxima está entre 6 y 14 km/h y el peso supera los 25 kg,
se considerarán VPL.
Para estos vehículos, el Gobierno publicará un reglamento específico antes del 2 de enero de 2026. Mientras tanto, deberán contar con un seguro de Responsabilidad Civil General, que cubra los posibles daños a terceros.
¿Qué deberías hacer ahora?
Desde García Sánchez Correduría de Seguros, recomendamos a todas las empresas y autónomos de la comarca de Barbanza que clasifiquen de inmediato su parque móvil.
Es fundamental identificar qué vehículos se consideran a motor o personales ligeros según la nueva normativa, y así evitar sanciones o reclamaciones económicas graves.
Nuestro equipo puede ayudarte a:
✅ Clasificar correctamente tus vehículos.
✅ Identificar las pólizas necesarias.
✅ Contratar el seguro obligatorio o de responsabilidad civil más adecuado a tus necesidades.
En resumen
La Ley 5/2025 marca un antes y un después en materia de seguros de vehículos. Si gestionas una empresa o dispones de vehículos eléctricos ligeros, asegúrate de cumplir con la nueva normativa antes de enero de 2026.
En García Sánchez, llevamos más de 30 años cuidando de ti y de tu tranquilidad.
Contacta con nosotros y te ayudaremos a adaptar tus seguros a la nueva ley con la confianza del líder y la cercanía de siempre.
Si quieres tener más información inmediatamente, te facilitamos nuestra presentación de la jornada técnica de movilidad.
